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Cárcel para el alcalde de Hoyocasero y su padre, exalcalde, por delitos urbanísticos

Sentencia de la Audiencia Provincial de Ávila

Cárcel para el alcalde de Hoyocasero y su padre, exalcalde, por delitos urbanísticos
Audiencia Provincial de Ávila.
O.R.R
O.R.R
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La Audiencia Provincial de Ávila ha condenado al actual alcalde de la localidad abulense de Hoyocasero (328 habitantes), Iván Picós, y a su padre y exalcalde del mismo municipio, Alejandro Picós, a un año y un año y medio de cárcel respectivamente, por delitos relacionados con el urbanismo cometidos por el primero cuando su progenitor era regidor del pueblo.

El regidor actual, del Partido Popular, recoge EFE, construyó un inmueble en terreno rústico cuando su padre, que se presentó por el PSOE, era alcalde del municipio, tratando de hacer pasar la construcción como una casa de aperos, tal y como denunció en su momento el exconcejal y constructor, Félix Jiménez.

Esta sentencia se ha producido después de que en un primer juicio ambos resultaran absueltos en la Audiencia Provincial de Ávila, con el voto de dos de los tres magistrados, mientras que el tercero emitió un voto particular en el que defendía la absolución de Alejandro Picós y la condena de su hijo a un año y medio de cárcel.

Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, a cuya Sala de lo Civil pueden recurrir los ahora condenados en apelación, decidió anular la primera sentencia y ordenó repetir nuevamente el juicio con otros titulares, tras el recurso presentado por Félix Jiménez.

Tras la vista hora, celebrada hace un mes, la Audiencia Provincial ha condenado a Iván Picós a un año de prisión como "autor responsable de un delito contra la ordenación del territorio", que incluye una pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena.

A ello se suma la pena de "inhabilitación especial para profesión u oficio relacionados con la promoción y construcción de inmuebles durante el plazo de un año" para el actual alcalde de Hoyocasero.

Además, el fallo obliga a demoler lo construido ilegalmente, así como a "reponer a su estado originario de la realidad física alterada" en la parcela en la que se levantó el inmueble en este municipio situado a 55 kilómetros al sur de la capital abulense.

Prevaricación urbanística

De la misma forma, se condena al exalcalde de la localidad, Alejandro Picós, a un año y medio de cárcel como autor responsable de un delito de prevaricación urbanística, así como a las penas de nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo.

A ambos se les al pago de sendas multas de doce meses, con una cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.

"La realidad de lo construido en la parcela -propiedad de Iván Picós- es una edificación de uso residencial con tipología edificatoria y volumétrica propia de uso residencial, sin ninguna característica de caseta de aperos y que está ubicada en una zona clasificada como suelo no urbanizable, en el que rigen las normas urbanísticas propias del suelo rústico común, que prohíben el uso residencial", argumenta la sentencia.

Por ello, y pese a los intentos de hacer pasar el inmueble por una casa de labranza, un informe del Servicio de Protección a la Naturaleza (SEPRONA) de la Guardia Civil demostró que era una construcción "de obra nueva destinada a uso residencial", de 120 metros cuadrados con seis ventanas y porche de acceso.