Cancelan 70.523 euros de deuda a una vecina de Ávila

La aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad permite la exoneración tras acreditar insolvencia

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Cancelan 70.523 euros de deuda a una vecina de Ávila
El autor esAndrea Pozo Ajates
Andrea Pozo Ajates
Lectura estimada: 2 min.

La firma Repara tu Deuda Abogados ha obtenido una nueva resolución favorable en Ávila (Castilla y León) que culmina con la cancelación de una deuda de 70.523 euros a través del mecanismo de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI). La medida se enmarca en el procedimiento previsto por la Ley de Segunda Oportunidad, instrumento legal destinado a personas físicas y autónomos en situación de insolvencia.

Según detallan los letrados del despacho, "la deudora se encontraba en una situación de insolvencia dada la imposibilidad de hacer frente a sus obligaciones dinerarias. Su estado de sobreendeudamiento se originó a causa de la petición de un crédito para iniciar un negocio. Además de ello, solicitó otro crédito para adquirir una vivienda, mobiliario y enseres. Con la llegada de la crisis, el negocio que había puesto en marcha empezó a sufrir la falta de ingresos. Esto provocó que el dinero del que disponía lo destinara a cubrir las necesidades más básicas".

Desde la entidad recuerdan que "España incorporó a su sistema jurídico la Ley de Segunda Oportunidad en el año 2015. Lo hizo tras la recomendación previa de la Comisión Europea para que aplicara una herramienta de cancelación de deudas de particulares y autónomos. Su objetivo es ofrecer una salida a personas que están sufriendo un estado de sobreendeudamiento y no pueden hacer frente a los pagos pendientes".

La normativa contempla la posibilidad de cancelar deudas a quienes acrediten el cumplimiento de determinados requisitos. Entre ellos, no haber sido condenado por delitos de carácter socioeconómico en la última década, encontrarse en un escenario de insolvencia actual o inminente y actuar de buena fe, sin ocultación de patrimonio ni ingresos. Tras la reforma legal, además, desaparece el anterior límite máximo de cinco millones de euros para acceder a la exoneración, lo que amplía el alcance de este mecanismo jurídico.

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