Castilla y León declara alerta y alarma extrema por riesgo de incendios del 23 al 26 de agosto

Se prohíben fuegos, barbacoas, pirotecnia y acceso a montes para frenar el riesgo extremo

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Castilla y León declara alerta y alarma extrema por riesgo de incendios del 23 al 26 de agosto
César Hornija / ICAL . Efectos del incendio que ha afectado al municipio de Oencia (León) | Foto: Ical
El autor esAndrea Pozo Ajates
Andrea Pozo Ajates
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Las predicciones meteorológicas para los días 23 al 26 de agosto confirman la persistencia de condiciones adversas, lo que mantiene un nivel extremo de estrés hídrico en la vegetación tras semanas continuadas de clima desfavorable. La presencia de incendios muy agresivos en las últimas semanas ha generado un escenario especialmente crítico, incrementando de forma considerable el riesgo de nuevos fuegos forestales y el peligro para personas y bienes, debido al comportamiento virulento con el que se están propagando. A ello se suma la amplitud de algunos perímetros, que superan los 100 km, lo que incrementa su capacidad de reproducción.

Ante la gravedad de la situación, en la Comunidad de Castilla y León se mantiene desde el 11 de agosto de 2025 la Situación Operativa 2b, de acuerdo con el INFOCAL (Decreto 6/2025, de 27 de marzo).

Para hacer frente a este escenario excepcional, se han establecido restricciones en toda la Comunidad, con especial atención a las zonas afectadas y sus alrededores. Se busca así reducir la probabilidad de incendios y garantizar la seguridad de la población. Al mismo tiempo, se realiza un llamamiento a la ciudadanía para extremar la precaución.

La resolución oficial declara 'Alerta' por riesgo meteorológico de incendios en todos los municipios entre el 23 y el 26 de agosto. Durante este periodo queda prohibido encender fuego en el monte o en espacios abiertos, incluidas las áreas recreativas y de acampada; utilizar barbacoas en cualquier espacio abierto, aunque estuvieran previamente autorizadas; y emplear pirotecnia o lanzar cohetes y artefactos con fuego. También se suspenden todas las autorizaciones para el uso del fuego y se restringe el empleo de maquinaria en montes y en una franja de 400 metros a su alrededor cuando exista riesgo de generar chispas, fuego o descargas eléctricas. Solo se permite en actuaciones de emergencia o interés general, siempre que sean comunicadas previamente a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente y se ejecuten con las medidas de seguridad correspondientes.

Además, se declara 'Alarma extrema' en los municipios recogidos en el Anexo I de la resolución, aplicándose allí las medidas extraordinarias previstas en la Orden FYM/510/2013, de 25 de junio. Estas medidas incluyen la prohibición total del uso de ahumadores en la apicultura en el monte y su franja de seguridad de 400 metros, así como la restricción absoluta del uso de maquinaria o actividades que puedan producir deflagraciones o chispas. También queda vetado el tránsito y la permanencia de personas y vehículos en los montes, salvo en casos de acceso a propiedades privadas, actividades profesionales, emergencias, trabajos de vigilancia o tareas de extinción de incendios.

Se recuerda que cualquier actividad permitida deberá realizarse con la máxima precaución, contando siempre con los medios necesarios para sofocar posibles conatos. Asimismo, se insiste en que la colaboración ciudadana es esencial, ya que una mínima imprudencia puede provocar graves consecuencias. Ante cualquier indicio de fuego, la población debe avisar de inmediato al 112.

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