Ha sido condenado, por delitos de abusos sexuales continuados y exhibicionismo, a dos años de prisión y el pago de una indemnización de 15.000 euros
A principios de junio del pasado año un varón se sentaba en el banquillo de la Audiencia Provincial de Ávila, acusado de un delito continuado de abusos sexuales a una menor de 16 años. Pocos días después era condenado a una pena de cuatro años y un día de prisión, así como a indemnizar a la víctima con 6.000 euros. Un fallo con el que el acusado no mostró su acuerdo y que le llevó a interponer recurso de apelación argumentando como motivo de impugnación "error en la valoración de la prueba a infracción de los principios de presunción de inocencia e 'in dubio pro reo', así como infracción de los artículos 183.1 y 74 del Código Penal y desproporción en la indemnización señalada a favor de la víctima".
Ahora, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León se ha pronunciado en relación a este recurso, desestimando el mismo y dando por buena la sentencia dictada en su día por la Audiencia Provincial de Ávila, lo que supone que confirma las penas impuestas por la misma al acusado, al que, además, obliga al pago de las costas del recurso, incluidas las de la acusación particular. En cualquier caso, contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León cabe recurso de casación.
Entre otras cuestiones, el TSJ rechaza que por parte de la Audiencia Provincial de Ávila se vulnerara el derecho a la presunción de inocencia del acusado por cuanto para que esto ocurra debe haber ausencia de prueba y que durante el proceso se practicaron un elenco de pruebas de cargo, llevadas a cabo con todas las garantías, que tienen el calificativo, por tanto, de válidas y suficientes para enervar la presunción de inocencia. Tales pruebas fueron, sostiene el fallo del TSJ, la declaración del acusado, que negó rotundamente los abusos, la exploración de la víctima y las declaraciones de testigos, a la vez que dos pruebas periciales.
Tras examinar todas las pruebas, señala el TSJ, el tribunal sentenciador llega a la firme convicción de que los hechos acaecieron en la forma que se narra en el relato de los hechos probados de la sentencia recurrida. Tal y como se contó en este juicio los hechos ocurrieron en la casa del acusado, N. A. A. G., a donde la pequeña se trasladó unos días a finales de julio de 2021 junto a su padre, la novia de éste y un hermano desde Almería, donde residen y con el objetivo de visitar a estos familiares que vivían en Ávila. Se da la circunstancia de que el acusado, mayor de edad entonces, y la pequeña eran primos y entre ambas familias existía una relación "normal y buena". De hecho, tiempo atrás, el acusado había estado de visita en Almería donde ocurrieron unos hechos similares a los que se juzgaron en la Audiencia Provincial de Ávila y que la niña contó cuando narró lo sucedido durante su visita a la capital abulense. Unos hechos que la pequeña también denunció y que fueron juzgados el pasado 22 de mayo en la Audiencia Provincial de Almería con sentencia condenatoria.
Aunque el denunciado negó los hechos, afirmando que "en ningún momento" tocó a la pequeña, la niña, que declaró por videoconferencia desde Almería, aseguró que una de las noches, mientras ella estaba acostada en la misma cama que la hermana del denunciado, el joven entró en la habitación y "me empezó a tocar los pechos", diciéndole incluso que "fuera con él al baño" a lo que ella se negó, aseguró. La escena, declaró la niña, se repitió a la siguiente noche y temiendo que la tercera volviera a pasar lo mismo le pidió a su prima, hermana del acusado, que le dejara dormir junto a la pared pensando que así sería más complicado que el joven intentara tocarla "pero lo volvió a hacer" aprovechando que su hermana dormía. Contó la menor también que antes de esto ya había notado "acercamiento" en el sofá mientras los tres veían una película y que el chico intentó besarla en la boca pero ella se apartó.
Tanto el fiscal como las psicólogas que declararon como peritos, hablaron de "clara credibilidad" en el testimonio de la niña que resultó "coherente, sin fabulación ni exageración" lo que lo hace "completamente posible". Apuntó también el fiscal entonces, y así lo tuvo en cuenta la sentencia, que por parte de la niña no existía motivación para denunciar y que de hecho ésta no pensaba contárselo a los padres y que fue una hermana mayor, a la que la niña se lo confesó, la que lo hizo. "No podemos estar más convencidos de la culpabilidad del acusado", dijo entonces el fiscal, Francisco Javier Rojo, al hablar de un relato que también las psicólogas que atendieron a la menor valoraron como "creíble".
Ha sido condenado, por delitos de abusos sexuales continuados y exhibicionismo, a dos años de prisión y el pago de una indemnización de 15.000 euros
Hay que destacar que al menos 19 personas han sido excarceladas tras la entrada en vigor de la norma el pasado 7 de octubre
La persona que abusaba de la menor era un amigo de la madre, que pagaba a la progenitora entre 25 y 30 euros en cada ocasión