La Policía Nacional expulsa a una ciudadana lituana condenada que cumplía pena en Brieva

La medida, ejecutada el 15 de septiembre, se adoptó por motivos de orden y seguridad pública tras constar numerosos antecedentes policiales y judiciale

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La Policía Nacional expulsa a una ciudadana lituana condenada que cumplía pena en Brieva
El autor esAndrea Pozo Ajates
Andrea Pozo Ajates
Lectura estimada: 2 min.

La Policía Nacional ha ejecutado la expulsión de España de una ciudadana de nacionalidad lituana que se encontraba cumpliendo varias condenas en el Centro Penitenciario de Brieva, en Ávila. La medida se ha adoptado por razones relacionadas con el orden público y la seguridad pública.

La expulsión se llevó a cabo el pasado 15 de septiembre por agentes de la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de la Comisaría Provincial de Ávila, después de que la autoridad competente dictara la resolución correspondiente.

Antes de hacer efectiva la medida, los agentes trabajaron junto con el centro penitenciario para comprobar y acreditar tanto la identidad como la nacionalidad de la interna. A partir de ahí, se inició y tramitó el procedimiento administrativo que desembocó en su expulsión del territorio nacional.

Según la información policial, en el expediente se tuvieron en cuenta las circunstancias personales y la conducta de la ciudadana, que contaba con numerosos antecedentes policiales y judiciales vinculados a hechos relacionados con el orden y la seguridad pública.

Una vez finalizado el procedimiento, efectivos de la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras se encargaron de trasladarla hasta Lituania, donde fue puesta a disposición de las autoridades policiales de ese país.

La normativa española permite aplicar la expulsión a ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea cuando concurren razones de orden público o seguridad pública. Para ello, la medida debe fundamentarse en la conducta personal del afectado y en la existencia de una amenaza real, actual y suficientemente grave para un interés fundamental de la sociedad.

La legislación establece, además, que la existencia de condenas penales previas no constituye por sí misma un motivo suficiente para justificar la expulsión, por lo que deben valorarse las circunstancias concretas y la conducta de la persona afectada.

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