Los hechos ocurrieron en 2023
Pactan 2 años de cárcel por agresión sexual a una menor cometida por un familiar en Ávila
Los hechos ocurrieron en 2023
La Audiencia Provincial de Ávila ha dictado una sentencia condenatoria contra un hombre de 69 años, imponiéndole una pena de dos años de prisión por un delito continuado de agresión sexual contra una menor de 16 años. El fallo se produce tras un acuerdo de conformidad alcanzado entre las partes, que ha evitado la celebración de la vista oral inicialmente prevista para este miércoles 27 de mayo.
Los hechos probados establecen que las agresiones se produjeron en dos ocasiones durante el verano de 2023, cuando la víctima no había cumplido los 16 años, y una tercera vez en noviembre de ese mismo año, cuando la joven ya había alcanzado la mayoría de edad penal. La víctima es una familiar lejana del condenado.
Este acuerdo de conformidad ha supuesto una reducción significativa de la pena. El ministerio fiscal había solicitado inicialmente seis años de cárcel en sus conclusiones provisionales, mientras que la defensa del acusado, que en un principio negaba los hechos y pedía la absolución, ha terminado aceptando la condena.
La Audiencia Provincial ha considerado la concurrencia de una "circunstancia atenuante muy cualificada de reparación del daño", fundamentada en que el condenado ha indemnizado anticipadamente a la víctima con 6.000 euros en concepto de responsabilidad civil. A pesar de esta atenuante y del acuerdo, la sentencia constata los graves efectos sobre la joven, que ha sufrido "daños psicológicos consistentes en trastorno de estrés postraumático".
Además de la pena de privación de libertad, el fallo contempla otras medidas de seguridad y protección. El hombre deberá cumplir un periodo de seis años de libertad vigilada tras su paso por prisión. Asimismo, se le impone una inhabilitación especial de 15 años para ejercer cualquier profesión, oficio o actividad que implique contacto regular y directo con menores de edad.
La sentencia también le inhabilita durante seis años para el ejercicio de derechos como la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento. Se establece, además, una prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 200 metros y de comunicarse con ella durante un periodo de 10 años. Finalmente, el condenado deberá asumir el pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.








