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El Tribunal de Justicia de la UE avala que la amnistía es conforme al derecho comunitario
Considera que la norma "tiene por objeto reducir tensiones institucionales y políticas y facilitar un escenario de reconciliación"
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avaló este jueves la ley española de amnistía porque "esta tiene por objeto reducir tensiones institucionales y políticas y facilitar un escenario de reconciliación".
La corte con sede en Luxemburgo resolvió este jueves, en primer lugar, la cuestión prejudicial que le planteó el Tribunal español de Cuentas sobre si amnistiar la responsabilidad contable de los gastos del proceso independentista pondría en riesgo las finanzas europeas, una posibilidad que el TJUE descartó.
"El Tribunal de Justicia responde negativamente", porque "no puede considerarse que los intereses financieros de la Unión se vean afectados por la mera disminución de la renta nacional bruta que podría potencialmente derivarse de la secesión de una parte del territorio nacional", señala la sentencia.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinó también que la ley de amnistía "no menoscaba" la directiva europea antiterrorismo, ya que ese perdón excluye aquellos delitos de terrorismo en el contexto del proceso independentista catalán que causaran perjuicios graves.
En cuanto a la amnistía del delito de terrorismo en la causa que analiza la Audiencia Nacional contra los Comités de Defensa de la República (CDR), el TJUE considera que dicho perdón "no menoscaba" la directiva europea antiterrorista, ya que la medida excluye aquellos delitos de terrorismo en el contexto del proceso independentista catalán que causaran perjuicios graves.
Luxemburgo deja ahora en manos de los tribunales españoles dilucidar los actos que quedan excluidos de la amnistía, pero apunta que el hecho de que la ley haga referencia a principios del Derecho penal "como la intención, la causalidad y la gravedad de una violación de los derechos humanos (...) no deberían plantear dificultades" a la hora de aplicar la norma.
El TJUE también avaló el plazo de dos meses que la ley da a los jueces españoles para dictaminar si deben aplicar la amnistía en sus causas respectivas, siempre y cuando los procesos queden paralizados si se elevan cuestiones prejudiciales a la justicia europea, tal y como ha ocurrido en los procesos que examinan el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional.
Según la Corte, el plazo de dos meses no menoscaba el principio a la tutela judicial efectiva en tanto que queda "delimitado" a la aplicación de la ley de amnistía, por lo que no podría representar problemas "de carácter sistémico capaz de comprometer el buen funcionamiento del sistema judicial nacional".
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