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La Junta da 10 días a más de 6.000 solicitantes para subsanar errores en las ayudas al alquiler de 2024
Los expedientes con incidencias deberán completarse antes de agotar el plazo; en caso contrario, se entenderán como desistidos
La Junta de Castilla y León ha abierto un plazo de diez días hábiles, a partir de mañana, para que 6.169 solicitantes de las ayudas al alquiler de 2024 subsanen errores o aporten documentación pendiente en sus expedientes. Así lo recoge el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) en su edición de hoy, tras examinar parte de las más de 32.400 solicitudes presentadas en la convocatoria de este año.
Según lo anunciado, aquellos solicitantes que no respondan en el plazo establecido serán considerados desistidos, perdiendo su opción de acceder a estas ayudas públicas al arrendamiento.
La documentación requerida podrá entregarse de forma presencial en registros oficiales, en oficinas de Correos, en representaciones diplomáticas, oficinas consulares y otros canales previstos por la normativa vigente. En todo caso, deberá ir dirigida a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, concretamente a la Dirección General de Vivienda, con sede en la calle Rigoberto Cortejoso 14, Valladolid.
La convocatoria de este año se cerró el 31 de enero, con un incremento del 18,8 % en el número de solicitudes respecto a la edición anterior. Del total, el 75 % se presentó de manera presencial, mientras que 8.119 expedientes llegaron por vía telemática.
El presupuesto inicial asciende a 19,57 millones de euros, aunque la Consejería contempla la posibilidad de ampliarlo hasta los 50 millones. Se han reservado 645.840 euros exclusivamente para personas en situación de vulnerabilidad, quienes además tendrán prioridad en la concesión.
Entre las novedades, destaca que este año no será necesario presentar el certificado de empadronamiento, ya que los datos serán obtenidos automáticamente del INE mediante el sistema SUFO, salvo en casos de oposición expresa o requerimiento posterior.
Los jóvenes menores de 35 años, familias numerosas, personas con discapacidad y colectivos vulnerables podrán beneficiarse de ayudas de entre el 50 % y el 75 % del importe del alquiler, según su situación personal y el importe de renta, que deberá estar dentro de los límites establecidos: entre 450 y 550 euros para vivienda, y 150 a 200 euros para habitaciones, con excepciones previstas.
Por último, el abono de las subvenciones se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta facilitada por el solicitante, y estas ayudas estarán sujetas al IRPF, aunque no tendrán retención previa.
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Los expedientes con incidencias deberán completarse antes de agotar el plazo; en caso contrario, se entenderán como desistidos
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