La trabajadora ha admitido que ella preparaba los sobre con las supuestas liquidaciones y que avisaba a Ábalos o a Koldo de que ya estaban disponibles
¿Qué pasa si estoy de vacaciones y me toca estar en una mesa electoral?
La duda está en si tener billetes comprados o alojamiento reservado puede servir como excusa para no estar en una mesa electoral
Mesa electoral de este 28M. (Foto: EFE)
Lectura estimada: 2 min.
¿Qué pasa si estoy de vacaciones y me toca ser mesa electoral? Es una de las preguntas que asalta a más de uno tras conocerse la convocatoria de elecciones generales para el próximo 23 de julio.
Además de celebrarse en julio, un mes que escoge un 30% de españoles para irse de vacaciones, el domingo electoral coincide con el puente por el día de Santiago Apóstol, que se celebra el 25 de julio y que es festivo en algunas comunidades, como Galicia, Castilla y León, Navarra el País Vasco.
Por tanto, la duda está en si tener billetes comprados o alojamiento reservado puede servir como excusa para no estar en una mesa electoral, en caso de ser convocado, publica EFE.
¿Cuándo se eligen los miembros de la mesa?
Los presidentes y vocales de las mesas, al igual que dos suplentes por cada uno de ellos, son elegidos por sorteo entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria, según recoge la ley. Es decir, entre el 24 y el 28 de junio.
Los designados disponen de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona la causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo. La Junta resolverá en cinco días y comunicará al interesado su decisión.
La Junta Electoral Central emitió en 2011 una instrucción con una lista de supuestos en los que estaría justificada la excusa de la persona designada. Una lista que, no obstante, está abierta.
Dentro de esta lista se puede distinguir entre causas personales, familiares o profesionales. En algunos casos no hay duda sobre la causa para no acudir, que se justifica por si sola, por lo que solo hay que acreditar la circunstancia.
Cuando la justificación de la causa alegada depende de circunstancias concretas, la Junta Electoral de Zona es la que decide tras su análisis. Es decir, queda a su discrecionalidad.
No figura en la citada lista ningún caso relacionado con tener adquiridos billetes o reservas de alojamientos por motivos vacacionales. Por tanto, se podría alegar ante la Junta Electoral de Zona pero será este órgano el que decidirá.
Es muy importante en estos casos presentar toda la documentación y acreditar las circunstancias por las que se pide no estar en la mesa electoral. Por ello, cuanto más información se aporte, mejor.
Además de celebrarse en julio, un mes que escoge un 30% de españoles para irse de vacaciones, el domingo electoral coincide con el puente por el día de Santiago Apóstol, que se celebra el 25 de julio y que es festivo en algunas comunidades, como Galicia, Castilla y León, Navarra el País Vasco.
Por tanto, la duda está en si tener billetes comprados o alojamiento reservado puede servir como excusa para no estar en una mesa electoral, en caso de ser convocado, publica EFE.
¿Cuándo se eligen los miembros de la mesa?
Los presidentes y vocales de las mesas, al igual que dos suplentes por cada uno de ellos, son elegidos por sorteo entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria, según recoge la ley. Es decir, entre el 24 y el 28 de junio.
Los designados disponen de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona la causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo. La Junta resolverá en cinco días y comunicará al interesado su decisión.
La Junta Electoral Central emitió en 2011 una instrucción con una lista de supuestos en los que estaría justificada la excusa de la persona designada. Una lista que, no obstante, está abierta.
Dentro de esta lista se puede distinguir entre causas personales, familiares o profesionales. En algunos casos no hay duda sobre la causa para no acudir, que se justifica por si sola, por lo que solo hay que acreditar la circunstancia.
Cuando la justificación de la causa alegada depende de circunstancias concretas, la Junta Electoral de Zona es la que decide tras su análisis. Es decir, queda a su discrecionalidad.
No figura en la citada lista ningún caso relacionado con tener adquiridos billetes o reservas de alojamientos por motivos vacacionales. Por tanto, se podría alegar ante la Junta Electoral de Zona pero será este órgano el que decidirá.
Es muy importante en estos casos presentar toda la documentación y acreditar las circunstancias por las que se pide no estar en la mesa electoral. Por ello, cuanto más información se aporte, mejor.
Últimas noticias de esta sección
El presidente de Valencia pide que hoy no haya confrontaciones, sino reflexión sobre el "desamparo" sufrido en la región ante "una tragedia inabarcable"
El PP afea a Sánchez que sólo haya dejado de contestarles a ellos, pero sí haya replicado a cuestiones de otras formaciones como Podemos
Hasta el 12 de noviembre se podrán enviar aportaciones a esta ley sobre el derecho a la identidad digital de la infancia y la adolescencia
Lo más visto
Subasta en Ávila de 40 viviendas de protección oficial tras la quiebra de PYC Ártica
Ávila se convierte en plató publicitario y busca figurantes de distintas edades
IVECO impulsa su expansión en Ávila con un nuevo centro orientado a la innovación
La tradición vuelve a Piedrahíta con la V edición de 'Las Señoritas de Piedrahíta'
La Adrada se libra de la improvisación tras prohibirse las ferias de ganado en Castilla y León
Últimas noticias
0 Comentarios
* Los comentarios sin iniciar sesión estarán a la espera de aprobación
Inicia sesión o registrate para comentar









